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Normativas > calzado

CALZADO

Las normas:


La norma EN344:

Esta norma define las exigencias generales y los métodos de prueba para el calzado de seguridad, el calzado de protección el calzado de trabajo de uso profesional.
Sólo puede aplicarse esta norma junto con las normas EN345-1, EN346-1, y EN347-1, que detallan las exigencias del calzado en función del nivel de riesgo.

La norma EN345:

En esta norma europea se especifican, mediante referencia a la norma EN344, los requisitos básicos y opcionales para el calzado de seguridad de uso profesional.

El tipo de calzado de seguridad para uso profesional es el que incorpora elementos de protección destinados a proteger al usuario de las lesiones que pudieran provocar los accidentes, en aquellos sectores de trabajo para los que el calzado ha sido concebido, y que está equipado por topes diseñados para ofrecer protección frente al impacto cuando se ensaye con un nivel de energía de 200 J.

La norma EN346:

En esta norma europea se especifican, mediante referencia a la norma EN344, los requisitos básicos y opcionales para el calzado de protección de uso profesional.

El calzado de protección para uso profesional es el que incorpora elementos de protección destinados a proteger al usuario de las lesiones que pudieran provocar los accidentes , en aquellos sectores de trabajo para los que el calzado ha sido concebido, y que está equipado por topes diseñados para ofrecer protección frente al impacto cuando se ensaye con un nivel de energía de 100J.

La norma EN347:

En esta norma europea se especifican, mediante referencia a la norma EN344, los requisitos básicos y opcionales para el calzado de trabajo de uso profesional.

El calzado de trabajo para uso profesional es el que incorpora elementos de protección destinados a proteger al usuario de las lesiones que pudieran provocar los accidentes, en aquellos sectores de trabajo para los que el calzado ha sido concebido, sin llevar tope de protección contra impactos en la zona de la puntera.


Tipo I: Calzado fabricado en cuero y otros materiales . Se excluyen los calzados de caucho y todo polimérico.
Tipo II: Calzado todo de caucho (vulcanizado) o todo polimérico (moldeado).

Categoría Requisitos básicos Requisitos adicionales
SB I o II  
S1 I Zona del talón cerrada.
Propiedades antiestáticas.
Absorción de energía en zona del talón.
S2 I Como S1 más:
Penetración y absorción de agua.
S3 I Como S2 más:
Resistencia a la perforación.
Suela con resaltes.
S4 II Propiedades antiestáticas.
Absorción de energía.
S5 II Como S4 más:
Resistencia a la perforación.
Suela con resaltes.